sábado, 6 de febrero de 2021

El Islam y el castigo por apostasía.

بِسْمِ ٱللَّٰهِ ٱلرَّحْمَٰنِ ٱلرَّحِيمِ

Un acalorado debate sobre el castigo por apostasía en el islam tuvo lugar cuando un ciudadano afgano, de nombre Abdur Rehman, se convirtió al cristianismo durante su estancia en Alemania. Cuando regresó de Alemania, el año 2006, Rehman fue arrestado y encausado por apostasía. El castigo por apostasía en el islam es, supuestamente, la pena de muerte. No obstante, a raíz de la presión de naciones occidentales, fue liberado bajo la excusa de que era mentalmente inestable. Sea cual sea la excusa para liberarle, la cuestión que nos ocupa aquí es si el islam permite la sentencia de muerte por apostasía (técnicamente llamada irtidad). Un apóstata es llamado murtad y la sentencia de muerte para el murtad se llama qatl -e-murtad.

Por: Ashgar Ali Engineer





Para la ley islámica, como es bien sabido, hay dos fuentes principales —el Corán y el hadiz— y dos subsidiarias —la analogía (qiyas) y el consenso (ijma), ambas humanas. Así, de las principales fuentes, el Corán es la única divina y por tanto la que se consulta en primer lugar para resolver cualquier asunto. Si hay un pronunciamiento coránico claro es suficiente para emitir una sentencia. Si no, se consulta el hadiz, y si tampoco se encuentra nada relevante, entonces el jurista recurre a su razonamiento analógico y trata de desarrollar un consenso alrededor de él. El problema surge cuando el hadiz entra en contradicción con el Corán. Algunos juristas mantienen que el hadiz ha de rechazarse y el pronunciamiento coránico debe prevalecer, pero otros mantienen que el hadiz debe prevalecer y reemplazar al Corán. Por supuesto, si el Corán es silenciado en ese asunto y aparece en el hadiz, entonces el hadiz será la fuente.

Hemos aclarado esto ya que el castigo para el apóstata tiene que ver con ello. El castigo por apostasía está basado en el hadiz y no en el Corán. Vamos a ver que es lo que ha sido revelado en el Corán sobre la apostasía.

Incluso si uno depende del hadiz para legislar en algún asunto importante y no hay un pronunciamiento directo en el Corán acerca de él, se debe buscar un principio firmemente asentado en la revelación coránica. Si buscamos el principio relativo al tema de la apostasía, este aparece claramente expuesto en el Corán: la libertad de conciencia. Dicho principio aparece en numerosas aleyas coránicas, a menudo citadas por los que desarrollan la teoría de derechos humanos islámicos. Una de esas aleyas declara:  “No hay imposición en la religión” (Corán 2:256) y otra: “Para vosotros vuestra religión y para mí la mía” (Corán 109:6).

En ambas aleyas descansa el principio que garantiza la libertad de fe y de conciencia. No hay ninguna imposición en materia de credo. De hecho, ese es un principio muy importante, pues para que una fe sea genuina uno ha de escoger en libertad. En otras palabras, la fe y la libertad de elección van unidas. La mayoría de nosotros creemos en una u otra fe no porque la hayamos elegido libremente, sino que la hemos aceptado por nuestro nacimiento. Pero aquellos que aceptan una u otra fe después de un profundo estudio y en libertad de elección, su credo es bastante mejor en términos de calidad.

Hay otras aleyas que niegan la coerción u obligación y enfatizan la libertad de elección. Cuando algunos beduinos se convirtieron al islam y lo llamaron amana (fe aceptada), el Corán dijo que no habían aceptado la fe sólo se habían sometido (aslama). La aleya completa es la siguiente: “Los beduinos del desierto han dicho: ‘Creemos’. Di: ‘No creéis, decid: Nos sometemos’. La fe no ha entrado todavía en vuestros corazones.” (Corán 49:14). Esos beduinos se habían sometido, aceptado el islam, impresionados por sus victorias, pero no se habían convertido en verdaderos creyentes, ya que el iman (la fe) no había entrado realmente en sus corazones. Uno se convierte en verdadero creyente solamente cuando la fe entra en su corazón, y eso sólo ocurre en el ejercicio de la libertad, no por presión social, coerción o conveniencia.

El Corán acertó plenamente: cuando murió el Profeta, muchos de estos nómadas del desierto (beduinos) pensaron que el islam había perdido su poder y volvieron a su antiguo credo. Esto es llamado riddah (volver atrás) en la historia del islam. El califa Abu Bakr les declaró la guerra, la llamada guerra de riddah (la guerra de los que se volvieron atrás).

Esto nos muestra claramente que si uno acepta la fe por compulsión social, nunca puede creer firme y genuinamente. A la primera oportunidad, esa persona renunciará a lo que aceptó solo por obligación. La guerra de riddah no fue un acto religioso sino político. Mucha gente había renunciado al Islam colectivamente, creando inestabilidad y desorden en la naciente sociedad islámica. Era una seria amenaza al orden social. No se trataba de un castigo a una persona que había renunciado a su fe, sino de una rebelión política, que requería de una acción política para la estabilidad de la naciente sociedad. Si no se hubiese solucionado, no sólo hubiera conmocionado los fundamentos, sino que habría restaurado el orden tribal pre-islámico y hecho polvo la unidad conseguida por el Islam. Las tribus incluso rechazaban el pago del azaque, lo que era el fundamento de las finanzas islámicas y el tesoro del Estado.

El Corán, sin embargo, no acepta la coacción en materia de fe. Existen numerosas aleyas al respecto. Dios dice claramente que no hubiese sido difícil para Él hacer que todo el mundo creyera, pero lo dejó a su elección: “Si Dios hubiera querido, no habrían atribuido divinidad a nada junto con Él. Y no eres guardián suyo, ni tampoco responsable de su conducta” (Corán 6:108).

El Corán le dice al Profeta que no se preocupe si ellos no creen. Él no es responsable de ello y no hay dificultad para Dios en hacerles creer. Dios ha dado a todos el uso de la razón, los ojos y los oídos y han de ser ellos quienes decidan si creer o no creer. Si son forzados, entonces no serían responsables de sus actos. Sería pura determinación (jabr) y Dios no puede castigarles por no creer.

Así, encontramos en el Corán: “Os han llegado de vuestro Sustentador vías de discernimiento. Así pues, quien quiera ver lo hace en su propio beneficio, y quien decida seguir a ciegas lo hace en detrimento propio. Y no soy vuestro guardián” (Corán 6:105). El Corán da libertad al ser humano de creer o no creer y de afrontar las consecuencias de sus decisiones. ¿Cómo una persona podría ser castigada por Dios si no es libre para elegir? En la misma línea, encontramos lo siguiente: “Quién haya hecho el peso de un átomo de bien lo verá y quién haya hecho el peso de un átomo de mal lo verá” (Corán 99: 7-8). Este pronunciamiento coránico responsabiliza claramente a la persona por cada acción, incluso del peso de un átomo. Así, la coerción y compulsión no tienen ningún significado.

No sorprende que el Corán no sólo no prescriba castigo por apostasía, sino que es contrario a tal castigo. De hecho es Faraón (el arquetipo del opresor) quien coacciona a la gente que no acepta su fe. Les dijo a sus seguidores cuando aceptaron la fe de Moisés: “Habéis creído en Él antes de que yo os diera permiso” (Corán 7:123), y luego les amenazó: “Ciertamente haré que os corten las manos y los pies en masa, por perversos, y luego, ciertamente, os haré crucificar en masa, a todos juntos” (Corán 7:124).

Faraón creía en la coacción, no Dios. Dios únicamente envió a Sus mensajeros para guiar a la gente, pero deja a la gente libertad para elegir si creer o no. Sólo advierte de las consecuencias de no creer y apoyar el mal: “Y di: La verdad es de tu Sustentador: Así pues quien quiera que crea y quien quiera que la rechace. Hemos preparado un fuego, para los que pecan contra sí mismos, que les cercará por todos lados” (Corán 18:20). El castigo pertenece a Dios no a los seres humanos y hay completa libertad de creer o no.

El Corán también dice: “Y si tu Sustentador hubiera querido, ciertamente todos los habitantes de la tierra, absolutamente todos, habrían creído. ¿Piensas acaso que podrías obligar a la gente a creer?” (Corán 10:99). Podemos citar muchas más aleyas como estas que, claramente, establecen la libertad de conciencia del ser humano. Incluso si un creyente abandona el islam, es a Dios a quien le corresponde el castigo, no a ningún ser humano.

Leemos en el Corán: “Ciertamente a aquellos que llegan a creer y luego niegan la verdad y de nuevo creen y de nuevo niegan, para luego obstinarse tercamente en su rechazo a la verdad, Dios no les perdonará ni les guiará en el camino.” (Corán 4:137). ¿Qué más pruebas coránicas se necesitan si se habla de los que creen y luego niegan la verdad y de nuevo creen y de nuevo la niegan, para luego obstinarse tercamente en su rechazo a la verdad, y aún así no hay prescrito ningún castigo en este mundo para ellos? Es Dios quien no les perdonará ni les guiará al camino recto.

Todavía hay una aleya más: “Quienes se empeñan en negar la verdad después de hacer llegado a creer y persisten en su negativa en negar la verdad, su arrepentimiento no les será aceptado pues son estos los que están extraviados”(Corán 3:90). Este es claramente un caso de irtidad (apostasía), pero Dios no prescribe la muerte, sólo dice que el arrepentimiento no les será aceptado. En vista de tan clara proposición ¿cómo puede uno mantener que el apóstata debe ser castigado con la muerte? Tal castigo va completamente en contra del principio de libertad de conciencia prescrito en el Corán.

Dado que, de acuerdo al Corán, el ser humano es responsable de sus actos, ha sido creado libre y sólo un ser libre puede ser responsable de sus actos, buenos o malos. Esto aparece claro en la historia de Adán, que fue advertido de no acercarse al árbol en el Paraíso, pero se le dejó la libertad de elegir sobre comer o no de su fruto, y a resultas de su elección fue expulsado. Esta historia, por sí misma, sería suficiente para establecer el principio de libertad de conciencia en el Corán. La propuesta del Corán es clara y sin ambigüedades al respecto.

Maulana Madudi, fundador de la Jamat-e-Islami, proclama que el Corán prescribe la sentencia de muerte por apostasía. Como argumento, cita las aleyas 9:11-12. Resulta sorprendente que un erudito de la categoría de Maududi pueda confundirse hasta ese punto. Esas aleyas fueron reveladas en el año 9 después de la hégira, cuando Dios ordenó a los musulmanes que el tiempo de la peregrinación sería tiempo de inmunidad. De hecho, esas aleyas se refieren al pacto entre musulmanes y no musulmanes y ha de ser leído en el contexto, incluyendo las aleyas de la 7 a la 13, para ser inteligibles. No se refieren en modo alguno a ningún caso de apostasía, sino a un pacto entre una gentes determinadas, ya que el Corán utiliza las palabras wa in nakathu aymanahum“los que rompieron sus pactos” y no “los que apostataron”. La aleya 9:12 no dice “matadles”, sino “combatidles”. Si quisiera decir “matadles” habría dicho uqtulu y no qatilu.

Esto resulta aún más claro si examinamos la aleya siguiente: “No vais a combatir contra una gente que ha quebrantado sus juramentos solemnes, que han hecho todo lo posible por expulsar al Mensajero y que han sido los primeros en atacaros. ¿Acaso les teméis? Pues es sólo a Dios a quien debéis de temer si sois creyentes” (Corán 9:13).
Así que no hay dudas de que el Corán no prescribe ninguna sentencia física, mucho menos la muerte, en caso de apostasía. Se trata de un asunto de conciencia y sólo Dios castigará en ese caso. Si se necesitan más pruebas se puede ver la aleya 5:54: “¡Oh vosotros que habéis llegado a creer! Si abandonáis vuestra fe, en su momento, Dios, hará surgir a una gente a la que Él ama y que Le aman”. En esta aleya el Corán usa la palabra yartada (apostatar) y claramente el asunto se le deja a Dios en lugar de prescribir sentencia alguna.

Hadiz y apostasía

Unos pocos hadices son citados en favor de la pena de muerte en caso de apostasía. Uno de ellos dice: “El Mensajero de Dios dijo: la sangre de un musulmán que confiesa que no hay divinidad excepto Dios y que yo soy Su apóstol no puede ser derramada excepto en tres casos: En caso de retribución por asesinato, adulterio, y el que cambia su religión y abandona a los musulmanes” (Sahih de al-Bujari, Vol. 9, libro 83, número 17).

Como señalamos al principio del capítulo, hay hadices que están en concordancia con el Corán y los hay que están en confrontación con el mismo. El hadiz citado contradice el Corán en dos aspectos: Primero, en ese hadiz se menciona la sentencia de muerte en caso de adulterio, pero el Corán no prescribe la muerte por zina (adulterio, fornicación o violación), sino 100 azotes. Como hemos demostrado, tampoco el Corán prescribe la sentencia a muerte en caso de apostasía. Siendo así, este hadiz resulta difícil de aceptar como prueba del castigo de muerte por apostasía.

¿Puede el hadiz reemplazar al Corán? Hay quien piensa que el hadiz ha de prevalecer sobre el Corán, pero eso no puede ser aceptable para la mayoría de los musulmanes. El  hadiz es un asunto muy controvertido, mientras que hay completa unanimidad acerca del Corán entre todos los musulmanes en el mundo.

El otro hadiz fue transmitido por ‘Ikrama: “Ali quemó a alguna gente y esta noticia le llegó a ibn Abbas, quien dijo: Si hubiera estado en su lugar, no les habría quemado ya que el Profeta dijo: ‘No castiguéis (a nadie) con el castigo de Dios’. Pero sin duda les hubiera matado porque el Profeta dijo: ‘Si alguien (un musulmán) desecha su religión, matadle’.” (Sahih Bujari, Volumen 4, Libro 52, Capítulo 149, número 260).

En primer lugar, este hadiz presume que Ibn Abbas conocía mejor sobre los dichos del Profeta que Ali, a quien el mismo Profeta describió del siguiente modo: “si yo soy la ciudad del conocimiento, Ali es la puerta”. ¿Cómo pudo Ali quemar a apostatas? Ali es conocido por su pasión por la justicia. Quemar es una manera muy cruel de matar. Y, lo que es peor, no hay mención de ningún juicio o confesión, nada de nada… Si Ali pudo hacer esto, ¿qué harían el resto de musulmanes?

Hay otro hadiz de la misma naturaleza, según el cual el Profeta habría dicho que hay que matar a quien cambie su religión (uqtulu man baddala dinahu). Todos esos hadices contradicen el Corán y no pueden ser aceptados. Además, no nos ha sido transmitido el contexto de tales hadices. ¿Cuándo y en qué circunstancias el Profeta ordenó matar a alguien por cambiar de religión? De ser cierto, esa persona pudo ser culpable de conspiración contra el islam o los musulmanes. La sedición es castigada con la muerte incluso en las leyes modernas. ¿Fue la ejecución ordenada por sedición o por apostasía? Carecemos del contexto con respecto a este hadiz.

Las cosas son dichas en un contexto, y sin entender dicho contexto no haremos gran servicio al islam si los aplicamos ciegamente. Si citamos el veredicto de ejecución de cualquier juez sin ir a las circunstancias y evidencias examinadas por el juez y lo aplicamos en otro caso, cometeremos una enorme injusticia.

El eminente erudito islámico moderno Yusuf al-Qardawi llega a la conclusión en su libro Jareemat ar-riddah wa al-Murtadd (El crimen de apostasía y el apóstata. Publicado por A-Risalah Foundation) de que no debemos confundir el asunto de matar al apóstata con la libertad de conciencia garantizada en el Corán. Matar a un apóstata sólo podría ser válido si existe una seria amenaza al Estado islámico o al orden social. Sólo podría aplicarse en circunstancias excepcionales. La libertad de conciencia no ha de verse comprometida en lo que respecta a los principios coránicos.

Ningún hadiz debería ser aplicado sin un minucioso estudio de su contexto. Hoy vivimos en un sistema democrático donde ciertos derechos individuales son sagrados y, efectivamente, podemos apreciar mejor los principios coránicos. Nuestros antecesores medievales vivían en un sistema feudal y no pudieron apreciar completamente, en esas circunstancias, el verdadero espíritu coránico, a pesar de su sinceridad y compromiso con el islam.

Hoy los derechos humanos son de vital importancia y los eruditos modernos están comprometidos en el proyecto de mostrar que esos derechos son completamente compatibles con el islam. Si algún ulema insiste en la sentencia a muerte por apostasía, esto no sólo constituye un crimen contra la libertad de conciencia y los derechos democráticos sino también un serio ataque contra el islam.

El Corán denuncia repetidamente la hipocresía y si forzamos a la gente a no renunciar al islam bajo amenaza de muerte, ¿no estamos fomentando la hipocresía en el islam y la sociedad islámica? No creerán en el islam en sus corazones pero se adherirán a él por miedo a la muerte. ¿Es esta una situación aceptable? Sólo se puede ser un creyente sincero si el corazón y la mente aceptan la fe, de otro modo será sólo un acto mecánico.

Si forzamos a alguien a permanecer en el islam mediante la pena de muerte, esto creará en ellos no sólo resentimiento sino también odio hacia los musulmanes, y eso puede ser peligroso para cualquier sociedad. Deberíamos intentar producir mejor calidad de musulmanes, que entiendan el verdadero espíritu del Corán y sus valores clave: la justicia, la benevolencia, la compasión y la sabiduría. Si nos adherimos a esos valores coránicos seremos gratamente respetados en el mundo moderno.

Es desafortunado el que le demos credibilidad a ciertos hadices que contradicen los valores coránicos y así desacreditan al islam. Comprometerse con esos valores es, de lejos, más importante que la opinión de los ulemas basada en una ética medieval.

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